Se amplía hasta 2026 el plazo para la facturación electrónica en la República Dominicana
El Ministerio de Hacienda y Economía de la República Dominicana y la Autoridad Tributaria, la DGII, han publicado un aviso en el que se informa a los contribuyentes de las categorías de pequeñas empresas, microempresas y no clasificados sobre el plazo de gracia para el cumplimiento de las obligaciones en materia de facturación electrónica. No es la primera vez que la República Dominicana concede un plazo adicional para la implantación de la facturación electrónica. Sin embargo, el año pasado se concedió más tiempo a las grandes y medianas empresas para cumplir con los requisitos obligatorios de facturación electrónica.
Nueva fecha límite para la implementación de la facturación electrónica
Al igual que en la decisión del año pasado, cuando el nuevo plazo de implementación se amplió del 15 de mayo al 15 de noviembre de 2025, el Ministerio de Hacienda decidió no aplicar el plazo estricto a los contribuyentes pequeños, microempresas y no clasificados. Más concretamente, la DGII concedió un periodo de gracia adicional de seis meses para cumplir con las normas de facturación electrónica a partir del 15 de mayo.
Esto significa que todos los sujetos pasivos afectados tienen hasta el 15 de noviembre de 2026 para implementar plenamente los sistemas de facturación electrónica, sin necesidad de presentar ninguna solicitud formal de prórroga. Además, la notificación también subraya que esta prórroga es definitiva en la práctica, lo que significa que, una vez que expire el nuevo plazo, cualquier sujeto pasivo que aún no haya adoptado la facturación electrónica se enfrentará a sanciones.
La notificación no incluía información sobre por qué el Ministerio y la DGII decidieron conceder seis meses adicionales. No obstante, de la experiencia previa se desprende que los sujetos pasivos necesitan más tiempo para prepararse y cumplir con los nuevos requisitos. Las autoridades lo reconocieron y les permitieron abordar todas las cuestiones a las que se enfrentan.
Conclusión
Con el nuevo plazo de implantación anunciado, los sujetos pasivos pequeños, microempresas y no clasificados disponen ahora de más tiempo para cumplir los requisitos y adaptar sus sistemas en consecuencia. Dado que este grupo de sujetos pasivos suele ser el que menos recursos tiene para afrontar grandes cambios como este, el tiempo adicional debería reducir la presión y permitir una transición más fluida. No obstante, dado que se trata de la última prórroga, los sujetos pasivos deben actuar con prontitud y no esperar demasiado para configurar sus sistemas.
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