La Administración Financiera eslovena informó a un sujeto pasivo sobre sus obligaciones de IVA como arrendador de habitaciones a través de Booking.com. La aclaración se produjo porque los arrendadores no tenían claro si el nuevo enfoque de Booking.com de cobrar IVA por sus servicios podía afectar a sus obligaciones de IVA en Eslovenia.
Principales reglas de IVA para los arrendadores de habitaciones
La Administración Financiera recibió numerosas consultas de sujetos pasivos en relación con la información que Booking.com les había comunicado: que la plataforma empezaría a cobrar IVA por su servicio —descrito como la cesión de espacio publicitario en su portal en línea— salvo que los arrendadores facilitaran un número de identificación a efectos del IVA. Esta información llevó a algunos arrendadores a pensar que el nuevo enfoque de Booking.com generaba nuevas obligaciones de IVA para ellos.
Sin embargo, la Administración Financiera confirmó que siguen aplicándose las reglas vigentes. Un arrendador esloveno que recibe servicios de publicidad o similares de Booking.com, o de otra plataforma análoga establecida en otro país de la UE, está obligado, con carácter general, a obtener un número de identificación a efectos del IVA esloveno, facilitar dicho número a Booking.com y liquidar el IVA esloveno por el servicio recibido con arreglo a las reglas de inversión del sujeto pasivo (reverse charge) aplicables.
Dicho de otro modo, facilitar un número de IVA a Booking.com no genera una nueva obligación de IVA. La obligación de identificación a efectos del IVA ya existe porque el arrendador recibe un servicio transfronterizo B2B de Booking.com. La decisión de Booking.com de cobrar IVA cuando el arrendador no facilita un número de IVA no altera el tratamiento de IVA esloveno subyacente.
Conclusión
Los arrendadores que ofrecen alojamiento a través de Booking.com o de cualquier plataforma comparable establecida en otro punto de la UE deben seguir cumpliendo las reglas de IVA eslovenas vigentes y facilitar su número de identificación a efectos del IVA siempre que se les solicite. La Administración Financiera subrayó que esta aclaración no introduce ninguna nueva regla ni obligación de IVA para los arrendadores eslovenos: simplemente, el marco existente continúa aplicándose.

