Italia - Los representantes fiscales y los sujetos pasivos no pertenecientes a la UE deben constituir garantías financieras
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Dos Decretos Ministeriales adoptados en diciembre de 2024 introdujeron normas y requisitos más estrictos en relación con la designación de representantes fiscales y el registro en el archivo del Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VIES). Se imponen nuevas obligaciones a los representantes fiscales y a los sujetos pasivos no comunitarios que realicen operaciones imponibles en Italia o que pretendan realizar operaciones intracomunitarias sujetas a la base de datos VIES.
Repercusiones para los representantes fiscales y los sujetos pasivos no comunitarios
Toda persona física que desee convertirse en representante fiscal debe cumplir determinadas condiciones, entre ellas no haber sido condenada, sentenciada o tener pendiente un proceso penal por infracciones financieras, no cometer infracciones graves y reiteradas de las legislaciones sobre contribuciones y fiscalidad, y no ser elegible o no poder ejercer determinados cargos. Si el representante fiscal es una persona jurídica, su representante legal debe cumplir todas las condiciones indicadas.
Los representantes fiscales también deben presentar autodeclaraciones a la autoridad fiscal competente en las que declaren que cumplen todas las condiciones y requisitos. Además, deben presentar una garantía válida durante 48 meses. El importe de la garantía está en función del número de entidades representadas, oscilando entre 30.000 euros por representar de dos a nueve entidades y un máximo de 2 millones de euros por representar a más de 1.000 entidades.
Pueden constituirse como garantía valores públicos, valores garantizados por el Estado, avales bancarios o una póliza de caución.
Los sujetos pasivos no pertenecientes a la UE que designen representantes fiscales deben proporcionar a la Agencia Tributaria italiana una garantía de al menos 50.000 EUR en una de las formas mencionadas, válida durante un mínimo de 36 meses. Una vez finalizado el período de garantía, los sujetos pasivos no pertenecientes a la UE pueden operar sin más obligación de aportar garantías financieras.
Los sujetos pasivos no pertenecientes a la UE que ya operen en Italia y cuenten con un representante fiscal dispondrán de 60 días a partir de la publicación de las disposiciones de aplicación para presentar las garantías exigidas.
Conclusión
Para que estos dos Decretos Ministeriales surtan efecto, la Autoridad Tributaria debe publicar las normas de aplicación, lo que se espera que ocurra antes de mayo de 2025. Supongamos que los representantes fiscales o los sujetos pasivos no comunitarios no cumplen la normativa o no cumplen las condiciones y requisitos establecidos. En ese caso, perderán la capacidad de actuar como representantes fiscales y los sujetos pasivos serán eliminados del archivo VIES.
Fuente: PwC

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