Normas de tributación para la economía colaborativa: Implicaciones del IVA y el IVA para las plataformas de viajes compartidos

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El valor estimado de la gig economy en 2024 era de 556.700 millones de dólares, mientras que esa cifra podría crecer hasta los 1.847 millones de dólares en 2032. El auge y la rápida expansión de la gigeconomía brindaron a las personas la oportunidad de tener múltiples fuentes de ingresos sin tener oficialmente dos o más empleos, lo que en última instancia condujo a la transformación del mercado laboral.
Sin embargo, a medida que aumentaba el número de plataformas digitales y de trabajadores gig, las autoridades tributarias tuvieron que adaptar sus marcos normativos para abordar las características específicas de las transacciones de la economía gig. Parte de esa adaptación consistió en determinar cómo se aplican el IVA, el impuesto sobre bienes y servicios y otros impuestos indirectos a las plataformas digitales de viajes compartidos y a los conductores.
¿Qué es la economía colaborativa?
La economía colaborativa representa una transición del empleo a largo plazo a modalidades de trabajo a corto plazo más flexibles, posibilitadas y facilitadas por plataformas digitales, como el transporte compartido, el reparto de comida y el alquiler de alojamiento a corto plazo. Las plataformas digitales de transporte compartido más conocidas son Uber, Lyft, Bolt, etc.
Estas plataformas digitales proporcionan acceso a un mercado más amplio y crean oportunidades de empleo en regiones en las que los mercados de trabajo tradicionales no ofrecen oportunidades financieras y de crecimiento.
Sin embargo, estas plataformas digitales y la naturaleza transitoria de estas contrataciones representan cuestiones complejas en relación con las obligaciones fiscales, incluidas las cuestiones relacionadas con el IVA y el GST.
Marco fiscal global para la economía gig
Los marcos fiscales evolucionan constantemente y se adaptan a los desafíos que plantean los modelos de negocio digitales, tanto a nivel nacional como internacional. A medida que la industria continúa desarrollándose, los países de todo el mundo y las organizaciones internacionales trabajan cada vez más en el establecimiento de un sistema que introduzca normas para supervisar las transacciones pertinentes, someterlas al IVA y al GST, y establecer un marco de cooperación administrativa internacional.
No obstante, las normas de tributación varían considerablemente de un país a otro, lo que plantea problemas sobre todo a las plataformas digitales. Dado que las leyes y reglamentos aún están en fase de desarrollo, los trabajadores del sector de los viajes compartidos suelen tener dificultades para determinar sus derechos y obligaciones fiscales.
Requisitos GST/HST en Canadá
Los conductores de viajes compartidos en Canadá deben registrarse, recaudar y remitir el GST/HST desde el primer viaje realizado a la Agencia Tributaria Canadiense (CRA). Esto significa que el requisito de registrarse, recaudar y remitir el GST/HST no depende de si los conductores superan el umbral de 30.000 CAD.
Normativa irlandesa sobre el IVA para taxistas
El año pasado, los taxistas de Uber en Irlanda se sorprendieron al enterarse de que el operador de la plataforma digital no cobraba ni remitía el IVA sobre las comisiones a la Agencia Tributaria. Según la normativa irlandesa en materia de IVA, los servicios a pasajeros, incluidos los viajes en taxi, están exentos de IVA.
Sin embargo, supongamos que la plataforma digital que facilita los servicios de viajes compartidos está establecida fuera de Irlanda. En ese caso, se considera que los taxistas reciben el servicio como una transacción B2B, por lo que pasan a estar sujetos al IVA en virtud del mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
En otras palabras, si la plataforma digital que facilita el servicio de viaje compartido, que pone en contacto a los conductores con el usuario, está establecida en Irlanda, el operador de la plataforma digital es responsable de repercutir y recaudar el IVA una vez cumplidas las condiciones.
Por el contrario, los conductores irlandeses deben registrarse para declarar y pagar el IVA si la plataforma digital está establecida en el extranjero, como Uber, que es residente fiscal en los Países Bajos.
Normas del IVA para viajes compartidos en Nueva Zelanda
Un conductor de ride-sharing en Nueva Zelanda que supere el umbral de registro de GST de 60.000 NZD en 12 meses debe registrarse, cobrar y recaudar el GST de la Agencia Tributaria. Además, los conductores de viajes compartidos deben registrarse para el GST cuando esperan superar el umbral en los próximos 12 meses. Una vez registrados, los conductores deben cargar un 15% de GST en sus tarifas y contabilizarlo en sus declaraciones de GST.
Los conductores deben informar a los operadores de plataformas digitales de su situación respecto al GST. Si el conductor está registrado en el GST, el operador de la plataforma digital debe recaudar el GST directamente del usuario y remitirlo a Hacienda. Si el conductor no está registrado, el operador de la plataforma digital sigue recaudando el GST directamente del usuario, pero paga al conductor un crédito a tanto alzado del 8,5% y un 6,5% a Hacienda.
Consideraciones fiscales clave para las plataformas digitales
Las plataformas digitales como Uber o Bolt están cada vez más sometidas al escrutinio del cumplimiento del IVA y el GST. Una de las primeras consideraciones para estas plataformas es examinar la obligación de recaudar y remitir el impuesto sobre los servicios facilitados. Además, las plataformas digitales deben determinar si son ellas las responsables de cobrar y remitir el IVA o los conductores que prestan servicios de transporte compartido.
Debido a la naturaleza única de los servicios digitales y las transacciones relacionadas, las plataformas digitales deben determinar dónde se considera que se presta un servicio, lo que es fundamental para determinar qué normas fiscales de la jurisdicción se aplican.
Además, en los últimos años, un número cada vez mayor de decisiones judiciales, incluidas las del Reino Unido, Nueva Zelanda y la India, han afectado al tratamiento fiscal de las plataformas de viajes compartidos. Por lo tanto, las plataformas digitales deben estar atentas a las nuevas decisiones que afecten al trato que les dan las autoridades fiscales nacionales.
Impacto de las normas fiscales en los conductores de viajes compartidos
Los conductores de vehículos compartidos suelen considerarse autónomos, lo que significa que, a diferencia de los empleados tradicionales, son responsables de la gestión de sus impuestos. Los conductores deben prestar mucha atención al registro del IVA/IGIC, así como a las normas y requisitos de recaudación y envío.
Más concretamente, los conductores deben determinar si deben registrarse, recaudar y remitir impuestos cuando empiezan a prestar servicios de transporte compartido o sólo cuando superan un determinado umbral. Además, los conductores deben examinar si son ellos quienes deben declarar y remitir los impuestos a las autoridades fiscales nacionales competentes o si lo hará la plataforma digital que lo facilita.
Además, los conductores deben mantener registros precisos de todos los viajes realizados, incluidos los recibos de gastos como aparcamiento, pagos por lavado de coches, reparaciones, gastos de seguro y similares, ya que estos gastos podrían deducirse.
Perspectivas futuras de la economía colaborativa
Una cosa es segura: Las normas de gravabilidad del IVA y el GST para la economía gig, incluidos los servicios de viaje compartido, se enfrentarán a nuevos ajustes a medida que los gobiernos redefinan las normas de gravabilidad para capturar más ingresos para el presupuesto estatal. La armonización normativa puede convertirse en algo habitual a medida que los países establezcan sistemas para un enfoque coordinado de la fiscalidad de estos servicios.
Uno de estos enfoques se ha adoptado a nivel de la UE, con los países de la UE alcanzando un acuerdo sobre la iniciativa IVA en la Era Digital (ViDA) que, entre otras cosas, obliga a las plataformas digitales que facilitan servicios de transporte compartido a recaudar y remitir el IVA a las autoridades fiscales cuando los conductores no lo hagan. En julio de 2028 comenzará la aplicación voluntaria de las normas sobre proveedor considerado para las plataformas digitales de viajes compartidos en los países de la UE y, a partir de enero de 2030, todos los países de la UE deberán contar con estas normas. Lo mismo se aplicará a las plataformas digitales que facilitan el alquiler de alojamientos a corto plazo.
Además, las tecnologías emergentes, como blockchain o la IA, podrían desempeñar un papel fundamental en la simplificación del cumplimiento para los sujetos pasivos, tanto las plataformas digitales como los conductores de viajes compartidos, y en la mejora del control del cumplimiento fiscal por parte de las autoridades tributarias. El uso de la IA con fines de supervisión se puede encontrar en Taiwán, donde el Ministerio de Finanzas anunció que introdujo una tecnología de análisis de IA y big data para seleccionar casos de diversos tipos de evasión fiscal de forma sistemática.
Conclusión
El alcance al que ha llegado la gig economy, incluido el sector de los viajes compartidos, ha reconfigurado el mercado laboral y ha aumentado el escrutinio de las autoridades fiscales nacionales. Aunque el panorama normativo actual parece más complejo para las plataformas digitales de viajes compartidos que operan en múltiples jurisdicciones, los conductores también se enfrentan a problemas debido a la falta de normas y directrices o a cambios en las leyes y reglamentos que dan lugar a diferentes interpretaciones o a nuevas normas de tributación.
No obstante, la economía gig, y por tanto los sujetos pasivos que forman parte de ella, deberían esperar sistemas fiscales más armonizados, especialmente con la ViDA de la UE. La UE ha demostrado ser un generador de políticas que se transfieren a escala mundial, lo que podría llevar a la conclusión de que más países seguirán el ejemplo normativo de la UE.
Fuente: Gobierno de Canadá - GST/HST and Commercial Ride-sharing Services, Servicio de Impuestos Internos de EE.UU. - Gig Economy Tax Center, Irish Tax and Customs - VAT Treatment Relevant to Taxi Drivers (en inglés), VATabout - Irlanda: Uber Drivers May Be Liable for VAT on Commissions, Agencia Tributaria de Nueva Zelanda, VATabout - Sentencia del Tribunal de la India: Uber responsable del IVA como operador de comercio electrónico, Foro Económico Mundial, Ministerio de Finanzas de Taiwán

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