El Tribunal Supremo de Texas se pronuncia sobre la exención del impuesto sobre el uso y las ventas para las prisiones privadas

Cuando se consideran los impuestos indirectos, las prisiones y otros centros penitenciarios no figuran entre los primeros asuntos que vienen a la mente. Sin embargo, en Estados Unidos no es infrecuente que las empresas exploten prisiones privadas y celebren acuerdos con organismos gubernamentales federales o estatales para alojar a los reclusos.
En un caso relacionado con una prisión gestionada de forma privada, el Tribunal Supremo de Texas publicó una decisión sobre si una corporación que gestiona esas prisiones puede estar exenta de impuestos sobre ventas y uso, de forma similar a las agencias gubernamentales de EE.UU. o Texas.
Antecedentes del caso y decisión del Tribunal
GEO Group (GEO), una corporación con sede en Florida, posee y opera instalaciones correccionales en todo Estados Unidos para la detención de reclusos federales y estatales. Entre 2011 y 2014, la corporación celebró acuerdos con varios clientes gubernamentales para operar centros de detención en Texas. Durante ese período, la GEO compró diversos suministros para gestionar las instalaciones, como electricidad, gas natural, alimentos y mobiliario, por los que no pagó impuestos.
Aunque el GEO sostenía que esas compras estaban exentas de impuestos, el Interventor de Texas rechazó estos argumentos y solicitó un pago de casi 4 millones de USD. El GEO pagó la cantidad indicada y presentó una demanda ante el Tribunal de Distrito, solicitando su devolución.
El Tribunal determinó que el GEO no es ni un agente ni un instrumento de los Estados Unidos o del Estado de Texas, y que la empresa no pudo demostrar que estas transacciones estuvieran exentas de impuestos. GEO recurrió la decisión ante el Tribunal de Apelación, que confirmó que la corporación no había aportado ninguna prueba ni citado jurisprudencia relevante en apoyo de sus alegaciones.
Tras tal decisión, GEO llevó el caso ante el Tribunal Supremo de Texas. El Tribunal Supremo subrayó que una corporación es responsable de demostrar su derecho a una exención aportando pruebas convincentes que respalden su reclamación. Además, el Tribunal Supremo dictaminó que la corporación no es un instrumento de los Estados Unidos o del Estado de Texas.
Al no aportar las pruebas necesarias para respaldar sus argumentos, y dado que se trata de una corporación privada y no de un organismo gubernamental, el Tribunal Supremo concluyó que GEO no está exenta del impuesto sobre ventas y uso de Texas. En consecuencia, la corporación no tiene derecho a devolución.
Conclusión
La decisión del Tribunal Supremo de Texas confirma la complejidad de navegar por los impuestos sobre ventas y uso de EE.UU., así como las distinciones entre este sistema y los sistemas del IVA y el GST. Además, el hecho mismo de que el objeto del litigio fuera la aplicación de los impuestos sobre las ventas y el uso en las prisiones privadas es suficientemente específico en sí mismo. No obstante, los sujetos pasivos que operan en este sector deberían considerar detenidamente los argumentos expuestos en la decisión.
Fuente: Tribunal Supremo de Texas

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