Maine amplía el impuesto sobre las ventas a los servicios digitales y de streaming

El Estado de Maine (EE.UU.) ha anunciado su Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para las operaciones del Gobierno del Estado para los ejercicios fiscales que finalizan el 30 de junio de 2025, 2026 y 2027. El proyecto de ley, que abarca una amplia gama de asuntos presupuestarios, también incluye cambios en el impuesto sobre las ventas y el uso y en el impuesto sobre los proveedores de servicios, añadiendo los servicios audiovisuales digitales y de audio digital a la lista de servicios imponibles en virtud del impuesto sobre las ventas.
Impacto en los proveedores de servicios digitales
En la Parte G del proyecto de ley presupuestaria, Maine amplió la base imponible. Además, el proyecto de ley fusionaba los servicios audiovisuales digitales y de audio digital recién incluidos con los servicios y productos digitales relacionados gravados anteriormente.
Como se indica en el proyecto de ley, la transferencia electrónica de obras audiovisuales digitales y de audio digital a un usuario final con el derecho de uso no permanente concedido por el vendedor, incluso cuando esté condicionada al pago continuado del comprador o a una suscripción, está ahora sujeta al impuesto. En otras palabras, a partir del 1 de enero de 2026, los servicios de streaming, como Netflix, Spotify o Hulu, estarán sujetos a un impuesto sobre ventas y uso del 5,5%.
Además de esto, el proyecto de ley también deroga el Impuesto sobre Prestación de Servicios, anteriormente aplicable a servicios gravados como el cable, la televisión por satélite y la radio. En consecuencia, estos servicios pasarán a estar sujetos a la base imponible general del impuesto sobre las ventas al mismo tipo del 5,5%.
Tras la decisión de ampliar la base imponible, la lista de servicios imponibles incluye ahora, además de los servicios de audio y audiovisuales digitales, el alquiler de alojamiento, la transmisión y distribución de electricidad, los servicios auxiliares, los servicios de fabricación, la venta de servicios de llamadas de prepago y algunos otros servicios.
Conclusión
La decisión de ampliar la base imponible e incluir los servicios digitales y de streaming en la lista de servicios imponibles es un medio para recaudar más ingresos y garantizar más ingresos para el presupuesto del Estado. No obstante, los sujetos pasivos que operan en este sector, que anteriormente no estaban sujetos al impuesto sobre las ventas y el uso, deben considerar cuidadosamente cuándo deben empezar a recaudar y remitir impuestos y asegurarse de que aplican el tipo impositivo correcto.
Fuente: Proyecto de Ley L.D. 210

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