Guía del impuesto sobre el uso y el privilegio de vehículos de Oregón | Explicación del impuesto sobre el uso y las ventas en Oregón

Umbral del nexo económico | ||||
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n/a | 0.5% | n/a | No es miembro | Departamento de Hacienda de Oregón |
Conceptos básicos del impuesto sobre ventas y uso en Oregón
Impuesto sobre las ventas
El Estado de Oregón es uno de los pocos estados de EE.UU. que nunca ha impuesto un impuesto sobre las ventas. A diferencia de Delaware, que no tiene un impuesto sobre ventas y uso estatal o local pero implementa un impuesto sobre ingresos brutos, Oregón no tiene un impuesto similar a un impuesto sobre ventas o ingresos brutos. Oregón y Delaware son dos de los cinco estados de la NOMAD que no imponen impuestos sobre las ventas y el uso.
Sin embargo, en 2018, Oregón implementó un Vehicle Privilege Tax, un impuesto sobre el privilegio de vender vehículos en Oregón.
Impuesto sobre el uso
Aunque Oregón no impone un impuesto general sobre el uso, sí impone un impuesto sobre el uso de vehículos a los vehículos nuevos comprados fuera del estado, y se aplican impuestos especiales a productos como los cigarrillos y la marihuana.
Tipos impositivos del impuesto sobre el uso y el privilegio de vehículos en Oregón
Se aplica un tipo impositivo del 0,5% al precio de venta al público de cualquier vehículo sujeto a impuestos. Un vehículo está sujeto a impuestos en Oregón si cumple todas las condiciones especificadas.
Por lo tanto, debe haber sido comprado a partir del 1 de enero de 2018 a un concesionario o a alguien obligado a registrarse como concesionario en el estado. Además, el vehículo debe haber sido conducido 7,500 millas o menos si tiene un odómetro, o ser vendido con un certificado de origen del fabricante si no lo tiene.
Además, el vehículo debe tener un peso bruto nominal de 26.000 libras o menos y no haber sido previamente registrado o titulado en Oregon. La única exención es cuando el vehículo se utiliza como vehículo de demostración en un concesionario.
Transacciones exentas de impuestos
Oregón no tiene impuestos sobre ventas o uso y no emite certificados de exención. Sin embargo, según las normas de exención del impuesto sobre el uso de vehículos, las transacciones están exentas de impuestos cuando el vehículo se vende a un comprador que se dedica habitualmente a la venta de vehículos y el vendedor obtiene un certificado de reventa de dicho comprador.
Las exenciones se aplican al impuesto sobre vehículos en varios casos concretos. Por ejemplo, cuando el vehículo se vende a empresas de fuera de Oregón, cuando la venta se produce en una subasta pública de corta duración, inferior a siete días, o cuando el comprador proporciona un certificado de reventa y se dedica regularmente a la venta de vehículos.
Normas Nexus en Oregón
Debido a la falta de normas y reglamentos sobre el impuesto sobre ventas y uso, el único tipo de presencia relevante en Oregón es la presencia física. Por lo tanto, los sujetos pasivos deben prestar atención a las normas definidas para las empresas que realizan negocios en Oregón y actividades creadoras de nexo. Sin embargo, estas normas son esenciales para registrarse y pagar el impuesto especial o el impuesto sobre la renta.
Nexo físico
Los sujetos pasivos que almacenan bienes, tienen una oficina u otro lugar de negocios, tienen empleados o representantes que prestan servicios a los consumidores y clientes como actividad empresarial principal, o servicios accesorios a la venta de bienes muebles tangibles o intangibles, se consideran sujetos pasivos que realizan actividades empresariales en Oregón.
Entre las actividades que crean un nexo se incluyen tener una lista de teléfonos en Oregón o un número de teléfono local, aunque sólo se utilice para desviar llamadas a una oficina fuera del estado. Además, poseer, alquilar o arrendar terrenos en bruto o no urbanizados, existencias u otros bienes en un almacén dentro del estado, vehículos o equipos utilizados en el estado, también contribuye a tener un nexo en Oregón.
También se crea nexo cuando los sujetos pasivos envían inventario en proceso para ser procesado allí, consignan bienes para la venta, arriendan propiedades utilizadas en Oregón, o tienen intereses en asociaciones, Sociedades de Responsabilidad Limitada (LLC), o corporaciones S que operan dentro del estado.
Bienes y servicios sujetos a impuestos en Oregón
Los bienes y servicios no están sujetos al impuesto sobre ventas y uso en Oregón. Por lo tanto, no se añaden impuestos a los recibos de tiendas, restaurantes o minoristas. La única norma relevante es que el impuesto sobre el uso de vehículos debe pagarse antes de que el vehículo pueda titularse y matricularse en Oregón.
Marco del comercio electrónico
Oregón es uno de los pocos estados no influidos por la sentencia Wayfair. Por lo tanto, los consumidores que compran bienes o servicios en línea generalmente no están obligados a pagar el impuesto sobre las ventas. Asimismo, los vendedores de comercio electrónico que realizan suministros a compradores dentro del estado no están obligados a cobrar, recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas o el uso.
Sin embargo, si los vendedores en línea de Oregón venden bienes y servicios a consumidores de otros estados de EE.UU., deben conocer las normas y requisitos estatales y locales sobre el impuesto sobre ventas y uso.
Normas del mercado
No existen normas para los vendedores remotos o de fuera del estado ni normas de nexo económico y de mercado, por lo que los vendedores del mercado no están obligados a recaudar y remitir impuestos sobre sus ventas a los consumidores locales.
Bienes y servicios digitales
Oregón no grava los bienes y servicios digitales, lo que significa que los consumidores pueden comprar productos y servicios digitales sin añadir el coste del impuesto sobre ventas y uso. Sin embargo, el marco normativo de Oregón proporciona una visión de lo que se considera un bien o servicio digital.
Por lo tanto, la venta o concesión de licencias de diversos productos de vídeo, audio y software se considera venta o concesión de licencias de bienes y servicios digitales. Aunque estas transacciones no están sujetas al impuesto sobre ventas y uso, sí lo están a otros impuestos, como el impuesto sobre la renta.
Mercado digital
La falta de normativa sobre el impuesto sobre las ventas y el uso y la inexistencia de normas sobre los facilitadores de mercados redujo la carga de los operadores de mercados digitales a la hora de registrarse, recaudar y remitir los impuestos. Mientras que en la mayoría de los estados de EE.UU., excepto en los denominados estados NOMAD, los facilitadores o proveedores de mercados deben registrarse, recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas en nombre de sus vendedores, en Oregón no existe tal obligación.
Sin embargo, los operadores o facilitadores de mercados con sede en Oregón que prestan sus servicios a vendedores de mercados que venden bienes y servicios a consumidores de otros estados de EE.UU. deben recaudar y remitir el impuesto sobre las ventas si cumplen los requisitos.
Requisitos de declaración y pago en Oregón
Dado que el impuesto sobre el uso y los privilegios de los vehículos se mencionó en el contexto como similar al impuesto sobre las ventas y el uso, deben señalarse los requisitos de presentación y pago. Para pagar el impuesto sobre el uso de vehículos y obtener el certificado de pago requerido, los consumidores deben rellenar y enviar un formulario en línea, ya que estas declaraciones no se pueden presentar por teléfono. Las declaraciones y los pagos de los impuestos adeudados suelen exigirse cada trimestre.
Los concesionarios de fuera del estado o remotos pueden cobrar voluntariamente el impuesto sobre el uso de vehículos a los clientes. En ese caso, deben mostrar claramente el importe del impuesto por separado en el recibo de venta o comprobante de venta y proporcionárselo al comprador, registrarse en una cuenta del impuesto sobre el uso de vehículos en el Departamento de Hacienda de Oregón, declarar y pagar el impuesto trimestralmente por todas las ventas de vehículos que cumplan los requisitos.
Sanciones por incumplimiento de los requisitos del impuesto sobre el uso y las ventas
Si el impuesto sobre el uso de vehículos no se paga a tiempo, se aplica una penalización del 5 por ciento, y si no se presenta una declaración en los 30 días siguientes a la compra del vehículo, se añade una penalización del 20 por ciento. Además de las sanciones, se cobran intereses sobre el impuesto adeudado a partir de la fecha de vencimiento.

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