El IVA es el principal tipo de imposición indirecta dentro de la Unión Europea. Su marco se basa en la Directiva del IVA de la UE y en la legislación complementaria adoptada por las respectivas instituciones de la UE. Los Estados miembros configuraron su marco normativo interno de imposición indirecta de acuerdo con la Directiva «central».
Su lógica de cálculo se basa en el valor añadido en cada nivel de la cadena de suministro. Cuando un sujeto pasivo adquiere un producto o servicio gravado de otro sujeto pasivo, por lo general puede deducir el IVA soportado.
Cuando hablamos de entregas transfronterizas B2B, en la mayoría de los casos el sujeto pasivo establecido en la UE (que actúa como comprador sin establecimiento permanente en el país del vendedor) puede recuperar el IVA soportado a través del procedimiento de devolución del IVA definido por la normativa de la UE.
La norma esencial que determina los requisitos obligatorios bajo los cuales el comprador puede recuperar el impuesto pagado es la Directiva 2008/9/CE del Consejo (Directiva de Devolución de la UE), que desarrolla en detalle las bases establecidas en la Directiva del IVA de la UE.
En esta visión general, concisa pero práctica, arrojaremos luz sobre el funcionamiento del procedimiento de devolución de la UE, las ventajas de este programa disponibles para una amplia base de sujetos pasivos, y algunos retos y dificultades que los solicitantes suelen encontrar.
Requisitos para la devolución del IVA de la UE
Un sujeto pasivo con sede de actividad en la UE (solicitante) puede solicitar la devolución de sus operaciones transfronterizas gravadas cuando no esté establecido en el Estado miembro del proveedor. El solicitante debe estar registrado en el Estado miembro que haya indicado como Estado miembro de establecimiento. El órgano responsable de ese Estado miembro tramitará la solicitud presentada por el comprador y dirigirá formalmente el procedimiento de devolución.
Una de las condiciones previas para poder presentar la solicitud de devolución es que el solicitante no haya realizado entregas gravadas en el Estado miembro de devolución, salvo las operaciones cubiertas por la inversión del sujeto pasivo (reverse charge).
Además, si el solicitante solo realiza entregas exentas sin derecho a deducción o está acogido al régimen especial de las pequeñas empresas en su Estado miembro de origen, dicho Estado miembro no remitirá la solicitud al Estado miembro de devolución.
Normas similares se aplican a los sujetos pasivos establecidos fuera de la UE. Aun así, la existencia de reciprocidad entre el Estado miembro de devolución y el Estado de origen del comprador también es de crucial importancia.
Devolución del IVA de la UE: principales partes
El procedimiento de devolución del IVA de la UE implica a tres partes principales:
- el solicitante,
- el Estado miembro de establecimiento (MSE) y
- el Estado miembro de devolución (MSR).
El MSE es el país donde el solicitante está establecido y registrado a efectos del IVA. El MSR es el país donde se pagó el IVA y donde se solicita la devolución.
Desarrollo del procedimiento de devolución
El procedimiento de devolución del IVA comienza cuando el solicitante presenta una solicitud electrónica ante la administración tributaria del MSE. La solicitud debe presentarse a través del portal electrónico facilitado por el MSE e incluir el detalle del IVA soportado, junto con las facturas justificativas y la documentación. El periodo de la solicitud suele abarcar el año natural anterior y debe presentarse antes del 30 de septiembre del año siguiente.
Una vez presentada la solicitud, el MSE verifica que esté completa y la remite al MSR. A continuación, el MSR revisa la solicitud y puede pedir información adicional o aclaraciones al solicitante antes de tomar su decisión final.
Tras revisar la solicitud, el MSR decide si aprueba o deniega la devolución. Si se aprueba, el MSR devolverá el IVA soportado a la cuenta indicada en un plazo de diez días. En caso de denegación, el MSR facilita al solicitante una explicación detallada y los posibles recursos o vías de apelación disponibles.
Plazos de resolución
El plazo de resolución de una solicitud de devolución del IVA puede variar según el MSR y la complejidad de la solicitud. Por lo general, el MSR resuelve en un plazo de cuatro meses desde la recepción de la solicitud. No obstante, el MSR puede tardar más en tramitarla, especialmente si existen discrepancias o cuestiones que requieran una investigación adicional.
Si se solicita información adicional, el plazo de resolución puede ampliarse a ocho meses. En este caso, el MSR dispone de cuatro meses para revisar la solicitud y pedir más información al solicitante. El solicitante dispone de un mes para responder a la petición del MSR y aportar explicaciones o documentos adicionales. Una vez completado este procedimiento, el MSR procederá a tomar la decisión.
Conclusión
Gestionar el procedimiento de devolución del IVA de la UE puede ser complejo y llevar mucho tiempo, pero entender los pasos y requisitos clave puede ayudar a las empresas a agilizar el proceso y asegurarse de recuperar sus gastos empresariales cuando tienen derecho a ello.
Al familiarizarse con los criterios de admisibilidad, el papel del MSE y del MSR, y el proceso de solicitud, las empresas pueden gestionar eficazmente sus obligaciones de IVA y optimizar sus operaciones tributarias.

